SUAREZ NANCY ADRIANA Y OTRO/A C/ ZARAGOZA OSCAR DAVID Y OTROS S/ ACCION REIVINDICATORIA
Las apelantes interpusieron el recurso fuera del término legal establecido. La Cámara rechazó la apelación por extemporánea al haberse presentado el 18/12/2024, cuando el plazo venció el 16/12/2024 según lo notificado en estrados el 06/12/2024.
Quién demanda: Suárez Nancy Adriana y otro/a
¿A quién se demanda?
Zaragoza Oscar David y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción reivindicatoria
¿Qué se resolvió?
La Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial de Bahía Blanca declaró mal concedido el recurso de apelación por haber sido interpuesto fuera del término legal, con costas en el orden causado, e inoficiosa la labor de la letrada interviniente. Fundamentos principales de la decisión: "Cabe señalar que la Alzada tiene libertad para examinar de oficio los presupuestos procesales de la apelación, por lo que no queda vinculada ni por el juicio de admisibilidad del inferior, ni por el consentimiento expreso o tácito de los litigantes. De allí que se considere a la Cámara el juez del recurso, ya que la jurisdicción apelada es de orden público y el ad quem debe pronunciarse, aun sin petición, sobre la admisibilidad de la apelación." El tribunal estableció que aunque la sentencia fue dictada el 5/12/2024 con orden de notificación por cédula, las apelantes en su propio escrito de apelación del 18/12/2024 a las 11:25 hs. reconocieron que "la resolución apelada les fue notificada en los estrados judiciales en fecha 06/12/2024". Consecuentemente, el plazo para recurrir vencía el 16/12/2024 a las 12 horas, siendo la apelación presentada dos días después, resultando manifiestamente extemporánea.
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