TOCHILOVSKY MARIA TERESA C/ INTERPAL ACL S.A. Y OTROS S/ DESPIDO
La Cámara rechazó la demanda laboral por inexistencia de relación laboral comprobada, confirmando que la relación entre la actora y las demandadas fue de carácter autónomo y eventual, descartando la existencia de un contrato de trabajo. La decisión se fundamenta en la valoración de la prueba, especialmente los testimonios y la documentación pericial, que demostraron la prestación de servicios en forma independiente y esporádica. La sentencia confirma la improcedencia de la acción por la ausencia de relaciòn laboral efectiva y la inexistencia de causalidad para su reconocimiento.
¿Quién es el actor?
María Teresa Tochilovsky, en calidad de enfermera profesional.
¿A quién se demanda?
Alfonso Eduardo Lugano S.A., OSDE Organización de Servicios Directos Empresarios, Alfonso Eduardo Lugano, Interpal ACL S.A., Pablo Raúl Colotto.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento de relación laboral por despido, pago de indemnización, salarios, horas extras, y otras sumas por supuestos derechos laborales.
¿Qué se resolvió?
El tribunal dictó sentencia rechazando la demanda por no haberse acreditado la existencia de un contrato de trabajo, considerando que los servicios prestados fueron en carácter de profesionales autónomas, con prestación eventual y sin subordinación. La valoración probatoria, especialmente los informes periciales y testimoniales, fue determinante para concluir que no existió relación laboral. La sentencia sostuvo que "el derecho del trabajo -en casos como el que nos ocupa
- debe ser muy prudente a la hora de declarar la existencia de un contrato de empleo, por todas las consecuencias previsionales, fiscales, personales y pecuniarias que dicha declaración apareja". Además, se destacó que las partes actuaron en el marco de una relación civil y profesional independiente, y se rechazaron los rubros reclamados en la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que la actora figura ante el Fisco, como Responsable IVA Inscripta... Que el Hogar Geriátrico ubicado en la calle Falkner N° 7160 de la ciudad de Mar del Plata no posee habilitación municipal, aunque se encuentra en proceso de obtención de la misma... Que, en la misma época en la que prestaba servicios profesionales como enfermera para Eduardo Lugano SA e INTERPAL ACL SA, la actora explotaba un geriátrico en la ciudad... Que la relación entre la actora y las demandadas fue de carácter eventual y en ocasiones puntuales... Que las enfermeras como Tochilovsky eran contratadas para actos específicos y tenían libertad de aceptar o no los servicios, sin subordinación." Además,
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