GURISATTI EVELYN MAITE C/ SUAREZ CARLOS JAVIER S/ ACCIONES DE RECLAMACION DE FILIACION
El demandante G.E.M. promovió acción de reclamación de filiación extramatrimonial en favor del niño E.V.I.G. La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, reconociendo la filiación pero manteniendo el apellido materno sin adicionar el paterno.
Actor: G.E.M. Demandado: C.J.S. Objeto: Reclamación de filiación extramatrimonial. Decisión: Se confirma parcialmente la sentencia de primera instancia, reconociendo la filiación pero sin modificar el apellido del niño.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara destacó que en acciones de filiación el interés del niño es primordial y que el apellido materno, utilizado desde su nacimiento, debe ser respetado. Se consideró que aunque la prueba genética es relevante, la negativa del demandado a someterse a ella no obsta al reconocimiento de la filiación, pero la modificación del nombre del niño no fue solicitada por las partes, lo que llevó a revocar esa parte de la sentencia. "Dicho de otro modo, actualmente no puede considerarse implícito el pedido de modificación del apellido en la reclamación de filiación."
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