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BANCO SANTANDER ARGENTINA S.A C/ MEDINA FRANCO AYRTON S/ COBRO EJECUTIVO(12)

Sentencia que ordena dictar sentencia de trance y remate por incumplimiento del demandado en proceso ejecutivo por ejecución de crédito. La solicitud se basa en el vencimiento del plazo para oponer excepciones y en el incumplimiento del demandado, y además se pide que se haga efectivo el apercibimiento previsto en el art. 542 del Código Procesal.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El abogado Leandro Ezequiel Simon, en representación del Banco Santander Argentina S.A., solicita que se dicte sentencia de trance y remate en el proceso ejecutivo contra Franco Ayrton Medina, tras haber vencido el plazo para oponer excepciones y sin que el demandado haya presentado oposición. La petición se fundamenta en que, conforme al mandamiento de intimación ya diligenciado, el demandado no cumplió con su obligación y se encuentra en incumplimiento procesal. Además, se solicita que se haga efectivo el apercibimiento dispuesto por el art. 542, ap. 4º del Código Procesal, y que se notifiquen automáticamente las sucesivas providencias, con constancia expresa en la sentencia. La resolución se dicta en el marco de un proceso en el que se busca la ejecución del crédito del banco, y la parte actora fundamenta su pedido en la normativa procesal aplicable para garantizar la efectiva realización de la ejecución.

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