..........S/ALIMENTOS
El demandante A.B.J. apeló la sentencia que fijó una cuota alimentaria del 30% de los haberes del demandado P.R.H. a favor de su hija. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que la cuota es proporcional a las necesidades de la menor y la capacidad económica del alimentante.
Actor: A.B.J. Demandado: P.R.H. Objeto: Cuota alimentaria para la hija, R.P. Decisión: Se confirma la sentencia de primera instancia que impuso una cuota alimentaria del 30% de los haberes del demandado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En cuanto a la carga de la prueba, se ha señalado que tratándose de alimentos derivados de la responsabilidad parental, la necesidad se presume; por lo tanto, el hijo no tiene la carga de probarlo... Es fundamental que quien demande alimentos a favor de sus hijos acredite el nivel de gastos ordinarios afrontados, ya que ello incide en la determinación de la prestación alimentaria..." "Por todo lo expuesto, considerando la edad de RP, las necesidades acreditadas en la causa, la carga de cuidado asumida por la progenitora conviviente, la capacidad económica del alimentante... propongo confirmar la cuota alimentaria dispuesta en la instancia de origen." "Conforme se ha votado la cuestión anterior, corresponde confirmar la sentencia apelada del 25/10/2024 en lo que fue materia de agravios, rechazando el recurso interpuesto."
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