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B.V G., F.E.D., P.F.P., V.C.S. Y T.P.G. S/ RECURSO DE QUEJA INTERPUESTO POR PARTICULAR DAMNIFICADO

El particular damnificado interpuso un recurso de queja contra la decisión de la Cámara que confirmó diversos sobreseimientos y la declaración de prescripción. La Cámara de Casación Penal admitió formalmente las quejas, pero rechazó la mayoría de las pretensiones, salvo en lo relativo a la extinción de la acción penal.

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Actor: Dr. Pedro Gustavo Cruz Henestrosa (particular damnificado) Demandado: B., V. G.; E. D. F.; F. P. P.; C. S. V. Objeto: Revisión de la decisión de la Cámara que confirmó sobreseimientos y declaración de prescripción. Decisión: Se admitieron las quejas formalmente, pero se declararon improcedentes las quejas sobre sobreseimientos y se hizo lugar parcialmente respecto a la declaración de prescripción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La prescripción es de orden público y opera de pleno derecho, debiendo ser declarada de oficio por cualquier tribunal en cualquier estado de la causa." "El agravio del representante del particular damnificado, en cuanto indicó que se lo ha vedado de la posibilidad de emitir opinión con carácter previo a dar por finiquitada la acción penal, no puede ser acogido ya que, como se dijo, la prescripción es de orden público..." "La resolución de la Cámara se encuentra ajustada a derecho, en cuanto declaró la extinción de la acción penal por prescripción del delito de estafa procesal en grado de tentativa imputado a S. V. C. y V. G. B."

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