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RIVERO MARIO ORLANDO S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se solicita la declaración de herederos de Mario Orlando Rivero tras su fallecimiento. El Tribunal declara como herederos a su cónyuge e hija, conforme a los derechos establecidos por la ley.

Sucesion Herederos Derecho sucesorio Codigo civil y comercial Publicacion de edictos Defuncion Bienes gananciales Actuaria Declaracion de herederos Universalidad de la herencia

Actor: D. H. Demandado: No hay demandado específico, se trata de la sucesión de Mario Orlando Rivero. Objeto: Declaración de herederos tras el fallecimiento de Mario Orlando Rivero. Decisión: Se declara a GISELLE MAGALI RIVERO Y PAIBA y PAIBA SILVIA GRISELDA como herederos universales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 2337, 2424, 2426 y 2433 del NCCC y 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de MARIO ORLANDO RIVERO, le suceden en carácter de universales herederos su hija GISELLE MAGALI RIVERO Y PAIBA y su cónyuge PAIBA SILVIA GRISELDA, a quién también se la declara heredera en cuanto a los bienes propios, si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales."

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