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B. S. S. C/ G. M. H. S/ PROTECCION CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR (LEY 12569)

El demandante apeló la regulación de honorarios de la defensora oficial ad-hoc en un proceso de protección contra la violencia familiar. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, estableciendo la obligatoriedad de los aportes previsionales sobre los honorarios regulados.

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Actor: B. S. S. Demandado: G. M. H. S. Objeto: Regulación de honorarios de la defensora oficial ad-hoc y aplicación de aportes previsionales. Decisión: Se confirma la resolución de la primera instancia, adicionando los aportes previsionales a los honorarios de la letrada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la actividad de todo abogado genera desde el inicio dos tipos de remuneraciones. Una, su honorario profesional. Otra, los aportes a la Caja de Previsión." "la remuneración de Defensores y Asesores ad-hoc no puede considerarse como una retribución de gastos, sino que se trata de una regulación de honorarios en la que se tiene en cuenta la importancia y complejidad del trabajo realizado." "Cabe concluir que la suma que perciben los letrados designados para desempeñar accidental u ocasionalmente las referidas funciones no escapa al concepto de honorario profesional devengado a partir del ejercicio de la profesión, razón por la cual, resultan aplicables a su respecto las cargas impuestas en el régimen previsional aplicable." La decisión se basa en jurisprudencia que respalda la inclusión de aportes previsionales sobre honorarios de defensores ad-hoc.

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