C. G. C/ D. P. A. S/COBRO SUMARIO SUMAS DE DINERO (RELACION DE CONSUMO)
El actor demandó por cobro de suma de dinero a la parte demandada, solicitando la modificación de la tasa de interés aplicada. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, estableciendo que la tasa de interés debía ser revisada en el momento de la liquidación.
Actor: C. G. Demandado: D. P. A. Objeto: Cobro de suma de dinero (intereses moratorios). Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia, con el alcance de revisar la tasa de interés en la liquidación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La parte recurrente señala que fue errónea la utilización de la tasa pasiva más alta para calcular los intereses... Asimismo, se debe observar que la reducción de la tasa convenida puede disponerse de oficio, por el juez, si se halla justificado la revisión del pacto... se ha señalado con acierto que, así como sin interés no hay acción, tampoco existe recurso sin agravio." "Si al momento de practicarse la liquidación respectiva, los intereses establecidos en el fallo apelado arrojaren un resultado inferior a los consignados en el mutuo, corresponderá que se apliquen los intereses pactados en tanto no superen, una vez y media la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento en mora a 30 días..."
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