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G. M. L. C/ E. L. A. S/ INCIDENTE DE ALIMENTOS

El demandante solicitó un aumento de la cuota alimentaria a favor de sus hijos. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia que rechazó la demanda, argumentando que las costas deben ser impuestas al alimentante en estos casos.

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Actor: G. M. L. C. Demandado: E. L. A. S. Objeto: Aumento de la cuota alimentaria. Decisión: Se rechaza el recurso de apelación y se confirma la decisión del 27 de marzo de 2025.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En materia de alimentos, es principio general que las costas se imponen al alimentante, pues decidir lo contrario… desvirtuaría la esencia de la prestación, al gravarse cuotas cuya percepción se presume como una necesidad de subsistencia del beneficiario." "Dado los alcances del recurso, nada puede reprocharse al razonamiento de la jueza de origen, que ha sabido realizar un justo contrapeso entre la norma general del artículo 68 del CPCC y la materia aquí involucrada." "Por lo tanto, propondré a mi colega de Sala que la recurrida resolución sea confirmada en lo que fue materia de agravio."

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