LA CELINA S.A.A.G.I. C/ AGROGANADERA RECONQUISTA S.A. S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)
La Cámara de Azul confirmó la procedencia del cobro ejecutivo por alquileres rurales, daños por privación de uso y multa contractual, manteniendo la liquidación y las valoraciones del tribunal de primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, LA CELINA S.A.A.G.I., demanda a AGROGANADERA RECONQUISTA S.A. por el cobro de $4.319.045,79 por alquileres atrasados, intereses, daños por retención del inmueble, y multa por incumplimiento de restitución en el plazo pactado. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó a la demandada al pago de la suma reclamada, con intereses del 6% desde la notificación y a tasa pasiva digital posterior. La parte demandada apeló alegando que la demora en la restitución se debió a fuerza mayor por cosecha y pandemia, y que la liquidación de daños y multa era excesiva y no ajustada a la realidad. La Cámara de Azul confirmó la sentencia, destacando que las circunstancias justificaron la extensión del plazo y que los montos reclamados estaban respaldados por pruebas y cálculos adecuados. Fundamentos principales:
- La demora en la restitución del inmueble se justificó por causas de fuerza mayor relacionadas con la cosecha y la pandemia, sin que ello implique incumplimiento.
- La liquidación de los alquileres atrasados, basada en facturas y cotizaciones del mercado de carne, fue acreditada y ajustada a los valores del período.
- La multa por mora en la restitución, calculada en función del valor total del contrato, fue considerada excesiva, y se redujo a un monto proporcional al período de retardo.
- La actualización de los montos debe aplicar el índice CER o similar, con intereses del 6% desde la notificación y tasa pasiva digital en mora.
- La valoración del daño por privación de uso fue ajustada considerando el valor actual del mercado de carne y el tiempo de atraso.
- La prueba documental, pericial y testimonial fue valorada en conjunto para confirmar la liquidación y la causa del retraso.
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