G. M. C. Y OTRO/A C/ R. P. A. Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Azul declara la inadmisibilidad de los recursos de apelación por extemporaneidad y, en consecuencia, confirma la sentencia de primera instancia sin costas de alzada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora y la citada en garantía "O. C. de S. S.A" interpusieron recursos de apelación contra la sentencia de primera instancia dictada el 14/11/2024. La citada en garantía presentó su recurso en forma extemporánea, venciendo el plazo legal el 29/04/2025 a las 12:00 hs. y habiendo sido presentado a las 18:49:21 del mismo día. La actora también no cumplió con la carga procesal en el plazo establecido. La Cámara, tras analizar los informes y las constancias procesales, declaró desiertos ambos recursos y concluyó que, por no haberse cumplido con los requisitos temporales, los recursos de apelación deben ser declarados inadmisibles. La sentencia enfatiza que, conforme al art. 261 del C.P.C.C., la presentación extemporánea de agravios implica la deserción del recurso. La Cámara ratifica la decisión de no otorgar costas de alzada. Fundamentos principales: "Atento lo normado por el art. 261 del C.P.C.C., habiendo presentado la citada en garantía "O. C. de S. S.A" la expresión de agravios en forma extemporánea —como se explicó precedentemente—, y no habiendo cumplido con la mencionada carga procesal la parte actora dentro del plazo legal (conf. informe de la Actuaria de fecha 21/05/2025), corresponde declarar desiertos los recursos de apelación de fecha 21/11/2024 12:53:22, deducido por la citada en garantía "O. C. de S. S.A", y de fecha 21/11/2024 12:42:29, interpuesto por la parte actora."
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