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ROMERA CESAR ANDRES C/ AUTO CLUB BALCARCE S/NULIDAD ACTO JURIDICO

El actor César Andrés Romera interpuso un recurso de apelación contra la desestimación de la nulidad de un acto jurídico. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial confirmó la sentencia de primera instancia, considerando que el incidente fue promovido extemporáneamente.

Recurso de apelacion Nulidad Proceso civil Plazo procesal Notificacion Suspension de tramite Consentimiento tacito Jurisprudencia Incidente de nulidad Mar del plata


¿Quién es el actor?

César Andrés Romera

¿A quién se demanda?

Faro La Providencia S.A.; Auto Club Balcarce
- Objeto de la demanda: Nulidad de un acto jurídico
- Decisión del tribunal: Desestimar el recurso de apelación y confirmar la sentencia de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El recurso no puede prosperar. Es pacífica la doctrina y la jurisprudencia en materia de nulidades procesales, en cuanto a que el incidente respectivo debe ser promovido dentro del plazo de cinco días subsiguientes al conocimiento del vicio por parte del interesado." "En efecto, pese a encontrarse suspendido el trámite de la causa, no caben dudas -como resolviera el Aquo-, que mediante el retiro en préstamo de las actuaciones en fecha 6 de noviembre de 2015, por parte del Dr. Pedro Canto en su carácter de apoderado Faro La Providencia S.A., se produjo la notificación de las medidas dispuestas en fecha 1 de agosto de 2013 y 9 de mayo de 2014." "Entiendo que ese, entonces, es el momento en que debe comenzar a correr el término para la interposición del respectivo incidente de nulidad, por lo que, habiéndose promovido el mismo en fecha 16 de agosto de 2023 debe reputárselo extemporáneo."

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