P. H. O. C/ T. S. A. M. S/ DIVORCIO, DAÑOS Y PERJUICIOS Y BENEFICIO
El demandante apeló la decisión del juez de primera instancia que desestimó la prescripción de honorarios. La Cámara revocó dicha decisión, declarando prescriptos los honorarios regulados al Dr. F M R por la inacción de casi 17 años.
Actor: P. H. O. Demandado: T. S. A. M. S. Objeto: Prescripción de honorarios regulados al Dr. F M R. Decisión: La Cámara revocó la resolución de primera instancia, declarando prescriptos los honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La prescripción opuesta debe ser receptada. Desde que se regularon los honorarios cuya exigibilidad se cuestiona el 23 de noviembre de 2007, los interesados dejaron transcurrir más de diecisiete años sin realizar actividad procesal alguna tendiente a su percepción." "La negligencia del acreedor no puede tener como resultado la imposibilidad de la prescripción sino al revés. La omisión, la tardanza injustificada, la renuencia a dar los pasos necesarios para la notificación y el cobro, son el fundamento y no el obstáculo para que corra la prescripción." "El término decenal debe computarse desde el momento mismo de la regulación, entendiendo que a partir de allí el abogado tiene expedito el camino para exigir el cobro de su acreencia."
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