SANTILLAN EMANUEL JESUS S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Se concede a Emanuel Jesús Santillán el beneficio de litigar sin gastos en una causa por daños y perjuicios por accidente automovilístico. La decisión se fundamenta en la actitud de la parte demandada y la situación económica del actor, conforme a los arts. 78, 79, 82, 84 y 85 del C.P.C.C.
¿Quién es el actor?
Emanuel Jesús Santillán
¿A quién se demanda?
Brian Nicolás Díaz y otro
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por accidente de tránsito (cuyo estado se encuentra en proceso)
¿Qué se resolvió?
Se concede el beneficio de litigar sin gastos a favor del demandante, considerando la actitud de la parte demandada y que el actor no tendría recursos para afrontar los gastos del proceso.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De conformidad con lo pedido, sumaria información rendida al respecto a fs. 1, 62, 65, silencio mantenido por la accionada a la vista conferida en fecha 11/07/2025 (fs. 68) actitud que hace presumir que no tiene nada que objetar al respecto y en virtud de lo dispuesto en los arts. 78, 79, 82, 84 y 85 del C.P.C.C, RESUELVO conceder a EMANUEL JESUS SANTILLAN el beneficio de litigar sin gastos para litigar en los autos SANTILLAN EMANUEL JESUS C/ DIAZ BRIAN NICOLAS Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO) con el alcance de las normas procesales citadas y en tanto no mejore de fortuna." "No hay indicios de que la parte actora tenga recursos suficientes para afrontar los gastos de la causa, y la actitud pasiva de la parte demandada refuerza la presunción de que no objeta la medida, en consonancia con la normativa procesal aplicable."
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