COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDITO Y CONSUMO BICENTENARIA LIMITADA C/ PORCEL GISELA VERONICA S/ COBRO EJECUTIVO
La Cooperativa de Vivienda Crédito y Consumo Bicentenaria Limitada apeló la caducidad de instancia decretada en su contra. La Cámara de Apelación confirmó la resolución del juez de primera instancia por considerar que los agravios no eran suficientes para revocar la decisión.
Actor: Cooperativa de Vivienda Crédito y Consumo Bicentenaria Limitada Demandado: Porcel Gisela Verónica Objeto: Revocación de la caducidad de instancia en un proceso de cobro ejecutivo. Decisión: Se confirmó la caducidad de instancia decretada por el juez de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La caducidad de instancia es un arbitrio instituido para sancionar la inacción de los litigantes... su finalidad consiste tanto en la necesidad de sancionar al litigante moroso como en la conveniencia pública de facilitar el dinámico y eficaz desarrollo de la actividad judicial." "El artículo 310 de nuestro Digesto Procesal establece que: 'se producirá la caducidad de la instancia cuando no se instare su curso dentro de los siguientes plazos: (...) 3) De tres meses, en cualquiera de las instancias de los procesos sumarios, sumarísimos y en el juicio ejecutivo'."
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