BARROCA AGUIRRE ANGEL JESUS C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Quilmes modificó parcialmente la sentencia, elevando la indemnización por incapacidad sobreviniente a $18.068.446 y desestimando el reclamo por privación de uso.
Actor: Angel Jesús Barroca Aguirre Demandado: Federación Patronal Seguros S.A; Perla Luján Wroblevski; Juan Pablo Tarnowski; Nadia Luján Tarnowski; Estefanía Luján Tarnowski Objeto: Daños y perjuicios por lesiones sufridas en un accidente ocurrido el 23 de febrero de 2019 Decisión: Se eleva la indemnización por incapacidad sobreviniente a $18.068.446 y se desestima el reclamo por privación de uso
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La Sra. Jueza a quo desestimó la excepción de falta de legitimación activa invocando la aplicación del art. 1772 del Código Civil y Comercial y se abocó al tratamiento de las restantes cuestiones... la reparación del daño debe ser plena y por el art. 1738, del C.C.C.N. que realiza una enumeración meramente ejemplificativa de la indemnización que es contenido del resarcimiento por daños... En aplicación de la fórmula de las capacidades restantes, determinó una incapacidad total del 20,95 %, porcentaje que no mereciese ataque concreto a razón de lo cual, deberá servir de base para la cuantificación indemnizatoria." "La privación del uso del automotor no escapa a la regla de que todo daño debe ser probado, ni constituye un supuesto de daño "in re ipsa", por lo que quien reclama por este rubro debe probar que efectivamente esa privación le ocasionó un perjuicio."
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