INCIDENTE DE COMPETENCIA ENTRE EL JUZGADO DE GARANTIAS N° 3 -MERCEDES- Y JUZGADO DE GARANTIAS N° 7 -SAN ISIDRO-
El Juzgado de Garantías N° 3 de Mercedes planteó un incidente de competencia respecto a la investigación de un delito en Pilar. La Cámara de Casación Penal declaró competente al Juzgado de Garantías N° 3 de Mercedes, considerando prematuro el planteo de competencia por falta de elementos suficientes.
Actor: Juzgado de Garantías N° 3 de Mercedes Demandado: Juzgado de Garantías N° 7 de San Isidro Objeto: Determinación de competencia para seguir la causa. Decisión: Se declaró competente al Juzgado de Garantías N° 3 de Mercedes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Al momento de efectuarse un planteo de competencia, es imprescindible contar con todos los elementos de convicción que permitan establecer -aún provisionalmente
- los límites del objeto del proceso, para evitar de esta forma la traba de cuestiones prematuras que entrañen un dispendio jurisdiccional y que, a la vez, conspiren contra la celeridad procesal."
"En el caso, deviene prematura la pretensión, habida cuenta que son insuficientes aún los elementos reunidos, para determinar los extremos que posibiliten establecer la competencia."
"Propongo que se disponga que continúe interviniendo en estas actuaciones los órganos correspondientes del Departamento Judicial de Mercedes, más allá de lo que oportunamente corresponda decidir, acompañados que sean nuevos elementos probatorios."
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