.................... S/ RECURSO DE QUEJA
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires anuló la decisión de la Cámara de Apelación y Garantías del Departamento Judicial La Matanza, que había denegado el régimen abierto con salidas transitorias a Alegre, y ordenó un nuevo pronunciamiento fundado en la correcta valoración de los informes y requisitos legales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Defensor Oficial, Dr. Rubén Ignacio Urriza, interpuso recurso de casación contra la denegatoria del régimen abierto y salidas transitorias a Aníbal Alejandro Alegre, quien cumple una condena de cuatro años y cinco meses por delitos de robo agravado y simple, con conducta ejemplar y sin sanciones disciplinarias recientes. La Sala I del Tribunal de Casación consideró que la resolución de la Cámara de Apelación había sido arbitraria por carecer de fundamentación suficiente y por apartarse de los informes favorables del Departamento Técnico Criminológico. La sentencia destaca que las salidas transitorias son una etapa preparatoria para la reinserción social, y que la decisión de denegarlo sin fundamentos sólidos viola principios constitucionales y legales sobre la ejecución penal. La Cámara de Casación anuló la resolución y remite la causa para que sea dictada una nueva decisión en línea con los informes favorables y requisitos legales. Fundamentos principales: "Las salidas transitorias posibilitan, sin interrumpir la ejecución de la pena, reducir al condenado el efecto negativo del encierro prolongado, a través de un corte temporal y limitado del aislamiento carcelario mediante contactos provisorios y directos con el medio libre, según motivos reglados normativamente (vgr. fortalecimiento de vínculos familiares, promoción educativa, etc.), como una prueba inicial de preparación paulatina hacia el cometido final del tratamiento progresivo que es la adecuada y definitiva reinclusión del penado en la sociedad." "El rol del Juez de Ejecución es garantizar el cumplimiento de las normas constitucionales y los tratados internacionales ratificados por la República Argentina (art. 10 ley 12.256), a lo que debe adunarse que constituye uno de los postulados del Derecho Penal actual el control total de la ejecución penal por parte de los órganos jurisdiccionales, principio llamado de 'judicialización' que ha sido plenamente recogidos por nuestro ordenamiento jurídico." "Las razones expuestas imponen alterar la decisión, pues la conclusión en que se sustenta carece de fundamentación y la convierten en arbitraria, al no contar con base legal suficiente (CSJN, Fallos: 297:462)." "Debe recordarse que la decisión de denegar la salida transitoria sin análisis fundado y en base a requisitos no establecidos en la ley viola principios constitucionales y legales, en particular el derecho a la igualdad y a la debida fundamentación de las decisiones judiciales." Palabras
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