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M. B. I. S/ INCIDENTE DE LIBERTAD ASISTIDA EN CAUSA N° 16140 IPP 03-02-1149-22 UFIJ N° 6 (J.E.P. 18891)

El penado Brandon Iván Maldonado solicitó la libertad asistida, la cual fue denegada por el Juez de Ejecución Penal. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión, argumentando que no se cumplían los requisitos necesarios para acceder al beneficio.

Incidente Libertad asistida Denegacion Resocializacion Principio de division de poderes Informe criminologico Conducta penitenciaria Derechos humanos Ley 12.256 Juez de ejecucion penal

Actor: Dra. María Verónica Olindi Huespi (Defensora Oficial) Demandado: MALDONADO BRANDON IVAN Objeto: Libertad asistida Decisión: Se confirma la denegación del beneficio de libertad asistida

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El Tribunal en lo Criminal Nº 2
- Dolores, en fecha 15/03/2023, dictó sentencia condenando a Maldonado a tres años de prisión. La defensa argumentó que el Juez a quo no analizó adecuadamente los informes criminológicos y que la decisión vulnera principios constitucionales. Sin embargo, la Cámara consideró que los informes del Servicio Penitenciario evidencian la inviabilidad de conceder el beneficio, dado que el interno ha estado involucrado en episodios que afectan su conducta institucional. La Cámara concluyó que es prematuro otorgar la libertad asistida sin que el penado participe en espacios formativos y de tratamiento psicológico."

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