V., L.M. C/ M.V., L.J. S/ PLAN DE PARENTALIDAD
El demandante solicitó la modificación del régimen de comunicación paterno-filial establecido en favor de su hija. La Cámara confirmó la resolución de primera instancia, priorizando el interés superior de la niña y desestimando los agravios de la apelante.
Actor: V.L.M. Demandado: M.V.L.J. Objeto: Modificación del régimen de comunicación paterno-filial. Decisión: Se confirma la resolución de primera instancia que amplía el régimen de comunicación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El deber-derecho de adecuada comunicación entre padres e hijos... establece, como su redacción enuncia, una doble definición: lo contempla como 'derecho' y también como un 'deber' de comunicación." "La oposición de la señora V. no aparece acompañada de razones concretas y de peso que obsten a su confirmación, pues no ha denunciado ni acreditado situaciones que impidan o desaconsejen que I. duerma en el domicilio de su padre." "La señora V. no repara en que la ampliación cautelar dispuesta contempló los días y horarios otrora acordados por las partes... y que la resolución recurrida expresamente prevé el actuar de los progenitores para el caso en que I. no tenga actividad escolar."
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