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.................... S/ RECURSO DE QUEJA

La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires deniega el recurso de queja interpuesto por la defensa en causa que condena a Gómez Alejandra Noemí a una pena de cuatro años de prisión por tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización. La decisión se fundamenta en que no se configura una gravedad institucional ni una cuestión federal que justifique la revisión extraordinaria.

Recurso de queja Denegatoria de casacion Gravedad institucional Cuestion federal Libertad ambulatoria Ejecucion penal Valoracion de la conducta Derecho constitucional Recurso extraordinario Camara de apelacion y garantias.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Defensora Oficial, Dr. Mario A. Napoli, interpuso una queja contra la denegatoria del recurso de casación por parte de la Cámara de Apelación y Garantías de Morón, que confirmó la resolución que rechazó el acceso al régimen abierto y a las salidas transitorias de Alejandra Noemí Gómez. La Sala I del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires analizó si la denegación del recurso constituía un gravamen de imposible reparación ulterior, considerando que la decisión de la Cámara no excedió los límites del control judicial y que no se evidenciaban circunstancias de gravedad institucional o cuestión federal que habiliten la vía extraordinaria. Se concluyó que la queja no prospera, ya que la resolución impugnada no vulnera principios constitucionales ni afecta derechos de manera tal que justifique su revisión en instancias superiores. La sentencia además destacó que la decisión judicial estuvo fundada en una valoración razonable de las circunstancias del caso, incluyendo la conducta de la imputada y la valoración de la sustancia incautada. Fundamentos principales de la decisión: "El pronunciamiento impugnado no se sustentó en la normativa aplicable ni en circunstancias objetivas de la causa. Señala que Gómez posee una conducta ejemplar ‘10’, realiza tareas de mantenimiento, se encuentra en lista de espera para cursos de capacitación y cuenta con un informe conveniente emitido por el DTC. Que lo resuelto soslaya el principio de progresividad y resocialización que debe regir la ejecución de la pena, conforme el trato humano y digno que merece toda persona privada de su libertad." "El tribunal concluye que la decisión de la Cámara no reviste gravedad institucional ni constituye una cuestión federal que amerite la intervención del Tribunal de Casación, ya que no hay elementos que permitan sostener la existencia de un gravamen de imposible reparación ulterior o una afectación de derechos constitucionales de relevancia." VOTOS: Ambos jueces, Maidana y Carral, adhieren a la fundamentación y al rechazo del recurso de queja, confirmando la decisión de denegar la casación y manteniendo las costas del proceso.

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