.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Sala I del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires declara admisible el recurso de casación y anula la decisión de la Cámara de Mercedes que revocó el ingreso en régimen abierto de Bejarano, restableciendo la decisión del Juzgado de Ejecución N° 2. La resolución se fundamenta en la falta de fundamentación legal y arbitrariedad en la decisión apelada, garantizando así el derecho constitucional al recurso y a la revisión judicial en la ejecución penal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa fue promovida por José Francisco Bejarano contra la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías de Mercedes, que revocó su ingreso en régimen abierto. La Cámara de Casación concluye que la decisión de la Cámara de Mercedes carece de fundamentación suficiente y evidencia arbitrariedad, ya que valoró requisitos no establecidos en la normativa aplicable (Ley 12.256, art. 100), como el aprovechamiento de espacios terapéuticos y la gravedad del delito, sin base legal. La Sala ratifica que la decisión viola el principio de reserva de ley, que solo permite a los jueces valorar lo expresamente previsto en la ley, y que la decisión recurrida fue desproporcionada y no razonada, quebrantando garantías constitucionales y tratados internacionales ratificados por Argentina. La sentencia destaca que el informe favorable del Departamento Técnico Criminológico debe ser suficiente para el ingreso en régimen abierto, y que la valoración de requisitos no legales constituye una decisión arbitraria y violatoria del principio de legalidad. La Cámara de Casación, por mayoría, hace lugar al recurso, anula la resolución de la Cámara de Mercedes y mantiene la decisión del Juzgado de Ejecución N° 2, garantizando el derecho del condenado a la progresividad y fundamentación en la ejecución penal.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: