.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires rechaza el recurso de casación interpuesto por la defensa del condenado y confirma la condena por abuso sexual gravemente ultrajante. La sentencia fundamenta la decisión en la valoración de la prueba y en la perspectiva de género, rechazando las nulidades y la hipótesis de error de tipo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El 10 de abril de 2025, el juez Juan Miguel Tillet condenó a Ezequiel Alberto Méndez a 4 años de prisión por abuso sexual agravado en Moreno, Provincia de Buenos Aires. La defensa interpuso recurso de casación, alegando nulidad del informe psicológico, valoración del testimonio de la víctima, y la hipótesis de error de tipo, entre otros planteos. La Cámara de Casación, tras analizar los antecedentes, testimonios, informes y la valoración probatoria, rechazó los agravios y confirmó la sentencia condenatoria. La Sala resaltó que la declaración de la víctima fue coherente, apoyada por testimonios de familiares y por el informe psicológico, que si bien es periférico, refuerza la verosimilitud del relato. La valoración de la prueba se realizó con perspectiva de género, en línea con la normativa internacional y constitucional. La hipótesis de error de tipo fue desestimada, ya que el relato de la víctima muestra que el acto ocurrido fue no consentido y en situación de vulnerabilidad, en un contexto de violencia de género. El tribunal concluyó que los hechos probados configuran abuso sexual gravemente ultrajante, tipificado en el art. 119 del Código Penal, y que la fundamentación de la sentencia es adecuada y suficiente. Se rechaza el recurso y se confirman los términos de la condena.
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