T., G. D. c/ DOSUBA s/AMPARO DE SALUD
La sentencia ordena a DOSUBA mantener la afiliación del actor como beneficiario en las condiciones previas a su jubilación, garantizando la cobertura de salud y rechazando la negativa de reafiliación por parte de la demandada, en virtud del derecho constitucional a la salud y la normativa vigente.
¿Quién es el actor?
G.D.T.
¿A quién se demanda?
Universidad de Buenos Aires -DOSUBA-
- Objeto de la demanda: Solicitud de mantenimiento de la afiliación y cobertura de salud tras la jubilación del actor.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando a DOSUBA restablecer y mantener la afiliación del actor en las condiciones anteriores a su jubilación y garantizar la cobertura de salud, además de la medida cautelar de inmediato cumplimiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia destaca que la ley 23.660 excluye expresamente a las obras sociales universitarias del régimen general de obras sociales, pero ello no implica que estas puedan negar cobertura a sus afiliados jubilados. Se resalta que la autonomía universitaria no puede traducirse en privilegios que vulneren derechos constitucionales, y que la normativa y jurisprudencia consolidada garantizan que los jubilados mantengan su calidad de beneficiarios. Se cita que "la condición de jubilado no implica la cesación automática del carácter de beneficiario" y que "el derecho a la salud es un derecho constitucional" (art. 42 CN). Además, se establece que la demandada debe ajustar sus acciones a la normativa vigente, garantizando la cobertura y afiliación del actor, y que la negativa de la demandada fue ilegítima, ordenándose la inmediata reinscripción del actor con cobertura plena.
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