SPOSATO, MAURO NICOLAS c/ EN-M SALUD DE LA NACION-REGISTRO DEL PROGRAMA CANNABIS-LEY 27350 s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara Federal de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó el rechazo de la acción de amparo contra la Administración Nacional de Salud por la denegatoria de inscripción en el Registro del Programa de Cannabis, sosteniendo que la vía adecuada requiere mayor debate y prueba.
- Quién demanda: Mauro Nicolás Sposato
¿A quién se demanda?
Salud de la Nación (Ministerio de Salud)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Orden de inscripción y alta en el Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN) por silencio administrativo negativo y omisión arbitraria, alegando vulneración del derecho a la salud.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó el amparo, considerando que la acción resulta improcedente por exceder su ámbito y requerir mayor debate y prueba sobre cuestiones de salud pública y constitucionalidad de requisitos normativos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara sostuvo que la Ley 16.986 aún vigente, requiere demostrar la inoperancia de vías ordinarias o daño grave e irreparable para justificar el amparo, lo cual no ocurrió en el caso. Se resaltó que la norma de procedimiento, como la Resolución 3132/2024, no puede aplicarse retroactivamente ni alterar requisitos ya existentes, y que la declaración de inconstitucionalidad es función del Poder Judicial en supuestos de gravedad institucional y con análisis exhaustivo. La decisión enfatizó que la acción excede el ámbito del amparo y que la materia requiere mayor debate y prueba en sede ordinaria, por lo que el recurso fue desestimado y se confirmó la sentencia de primera instancia.
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