GARZON, MARIO HECTOR Y OTROS c/ EN-M DEFENSA- EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Contencioso Administrativo Federal - Sala II reguló los honorarios en un proceso por cumplimiento de sentencia, reduciéndolos a la suma de 227.367 pesos, considerando la complejidad del asunto, la naturaleza de la labor y los montos en juego. La decisión se fundamenta en criterios de proporcionalidad y mérito de la tarea profesional, ajustándose a la jurisprudencia de la Corte Suprema.
- Quién demanda: Mario Héctor Garzón y otros, en representación de la actora.
¿A quién se demanda?
Ejército y/o en Defensa del Personal Militar y Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación de honorarios profesionales en un proceso de cumplimiento de sentencia.
¿Qué se resolvió?
La Cámara reguló los honorarios en la suma de 227.367 pesos, con inclusión del IVA en caso de responsable inscripto, y estableció el procedimiento para el pago del tributo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que a fin de tratar el recurso interpuesto, en primer término, cabe señalar que, mediante la regulación de honorarios se busca compensar de modo adecuado la tarea desplegada por los profesionales que se desempeñaron durante la sustanciación de la causa. Para ello debe ponderarse la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, en concordancia con la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución que cada uno ha aportado para llegar a la solución definitiva del pleito." "Que, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho que el valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones de honorarios, las que deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional." "Que sobre la base de las consideraciones precedentemente expuestas y a fin de fijar la retribución por las tareas desarrolladas tendientes a obtener el total cumplimiento de la sentencia y los intereses correspondientes, corresponde reducir a la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE ($227.367) –equivalentes a 3 UMA– los honorarios regulados."
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