H., A. S/ RECURSO DE APELACION C/RESOL QUE DENIEGA LA EXCARCELACION (IPP 03-02-000042-22) (TOC N°1 68/1069-2025)
La Cámara de Apelaciones en lo Penal del Departamento Judicial Dolores confirmó la decisión que denegó la excarcelación de Hernández, sosteniendo que la inexistencia de una sentencia de condena firme impide la concesión del beneficio. La resolución se fundamenta en la normativa del art. 169 inc. 10 del CPP y la etapa procesal actual, donde aún no hay veredicto.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El imputado Agustín Hernández, quien ha llegado a un acuerdo de juicio abreviado por delitos de robo agravado, solicitó su excarcelación en términos de libertad condicional. La Cámara de Dolores, tras analizar el estado del proceso, concluyó que no corresponde conceder dicha libertad ya que aún no existe una sentencia de condena firme, requisito esencial para aplicar el art. 169 inc. 10 del CPP. La defensa alegó que se vulneraban principios como proporcionalidad, mínima intervención y presunción de inocencia, y que la opinión del MPF no vinculaba al tribunal. Sin embargo, el tribunal consideró que la ley requiere una sentencia firme para la concesión del beneficio, y en la etapa procesal actual, no se ha dictado sentencia, por lo que rechazó el recurso y confirmó la resolución de grado. La decisión fue unánime, advirtiendo que la etapa procesal no permite la aplicación del beneficio y que el acuerdo de juicio abreviado aún está en etapa de admisibilidad, sin sentencia definitiva.
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