G., S. D. S/ ROBO CALIFICADO POR EFRACCION (IPP 03-04-2001-25) J. G. N°6
La Cámara de Apelaciones en lo Penal del Departamento Judicial Dolores confirmó la prisión preventiva de Silvio Damián González, considerando que existe peligro procesal fundado en antecedentes penales, evidencia indiciaria, y riesgos de fuga y entorpecimiento del proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara analiza la apelación de la defensa contra la resolución que convirtió en prisión preventiva a González. La jueza Yaltone explica que la medida se fundamenta en la evidencia recabada, incluyendo videos no concluyentes y la falta de huellas, pero prioriza los peligros procesales. La resolución fue fundada en antecedentes condenatorios, la existencia de una captura activa y varias investigaciones en trámite, que sostienen la necesidad de la medida cautelar. La Cámara afirma que la prisión preventiva responde a los principios del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y a la normativa local, y que los peligros procesales son nítidos y fundados en hechos y antecedentes concretos, por lo que corresponde confirmar la resolución. Se destaca que la etapa procesal incipiente, la existencia de condenas previas y la identificación del imputado mediante cámaras de seguridad justifican la medida. La defensa alegó que no se acreditaba la autoría y que las pruebas eran ambiguas, pero la Cámara sostiene que los elementos de cargo y antecedentes justifican la cautelar, y que la duda debe resolverse en favor de la prisión preventiva. La sentencia también rechaza los agravios basados en violaciones a derechos internacionales y la falta de pruebas concluyentes, reafirmando que la medida es proporcional y necesaria para asegurar la continuidad del proceso y evitar riesgos de fuga y entorpecimiento.
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