------------ S/ APELA PRISION PREVENTIVA
La Cámara de Apelaciones confirma la prisión preventiva de los imputados, considerando que existen elementos probatorios y peligrosidad procesal suficientes para mantener la medida cautelar en el marco de la causa por estafas reiteradas, rechazando los agravios de la defensa y validando la valoración del juez de grado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, P, impugna la resolución que convirtió en prisión preventiva a sus representados, P y P, por considerarla injustificada y sin elementos de convicción sólidos. La defensa argumenta que no hay pruebas suficientes, que la peligrosidad procesal está mal fundamentada y que la prisión no corresponde sin una condena firme. La Cámara, tras analizar la causa, coincide con el juez de primera instancia en que la existencia del hecho delictivo, la participación de los imputados y el peligro procesal están acreditados mediante informes especializados, declaraciones, y registros digitales que evidencian la participación activa de los imputados en una organización dedicada a estafas mediante plataformas digitales. La valoración probatoria, según el tribunal, es suficiente y no se advierten irregularidades en la fundamentación del auto de prisión. La defensa no logró desvirtuar la existencia de riesgos procesales ni la suficiencia de las evidencias para justificar la medida cautelar. La Cámara destaca que la prisión preventiva es una medida excepcional y que en este caso está justificada por el riesgo de frustrar el proceso y la gravedad de los hechos, además de la pluralidad de víctimas y la cuantía del perjuicio económico. Se rechazan los agravios y se confirma la resolución impugnada.
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