.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal aceptó las excusaciones de los magistrados y desestimó el recurso de casación interpuesto por Carlos Ismael García, debido a que los magistrados se excusaron por causal del artículo 47 inciso 1º del Código Procesal Penal, y el recurso fue desistido con costas. La resolución se basó en la normativa del Código Procesal Penal y acuerdos internos del Tribunal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Casación Penal analizó las excusaciones planteadas por los doctores Victor Horacio Violini y Ricardo Maidana, quienes alegaron estar comprendidos en la causal del artículo 47 inciso 1º del Código Procesal Penal, que permite excusarse por motivos de recusación. La Cámara decidió hacer lugar a dichas excusaciones, aceptando su intervención en los autos, integrando la sala con los magistrados excusados, y tuvo por desistido, con costas, el recurso de casación interpuesto por Carlos Ismael García en el expediente Nro. 132005, caratulado "GARCIA CARLOS ISMAEL S/ RECURSO DE CASACION". La resolución se fundamentó en los artículos 421, 432, 451 y 465 del Código Procesal Penal, y en el acuerdo 38 del año 2018 del Cuerpo, señalando que la recusación había sido aceptada y que el recurso de casación fue desistido. No se registran votos disidentes ni consideraciones adicionales relevantes en el texto.
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