--------S/APELA DENEGATORIA DE PRISION DOMICILIARIA
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de San Nicolás confirmó el rechazo del pedido de prisión domiciliaria para C.A.V., manteniendo la ejecución en prisión debido a la evaluación médica y las condiciones del interno, asegurando el cumplimiento de las recomendaciones médicas y la legalidad del fallo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, el Sr. Defensor Particular Dr. Paulo Luis Cordara, interpuso recurso de apelación contra la resolución del juez de ejecución penal, Dr. Anselmo Ezequiel González, que rechazó la solicitud de prisión domiciliaria para C.A.V. La sentencia condenatoria del interno a ocho años de prisión por delitos de abuso sexual y sus antecedentes clínicos fueron considerados para evaluar la procedencia del beneficio. El tribunal analizó la normativa aplicable, destacando que la prisión domiciliaria requiere informes médicos que justifiquen la imposibilidad de tratamiento en el penal y la necesidad de alojamiento hospitalario, requisito que no fue acreditado. Se valoró además la evaluación médica que indica riesgos cardiovasculares, pero se concluyó que no existe vulneración de derechos humanos o condiciones que hagan inhumana la ejecución en prisión. La decisión se fundamentó en que el interno puede ser tratado en el establecimiento penitenciario y que las recomendaciones médicas fueron cumplidas, confirmando así la resolución de primera instancia. Los jueces coincidieron en que no hay evidencia de vulneración de principios de humanidad y que la decisión del juez de ejecución resulta adecuada y fundamentada.
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