.................... S/ RECURSO DE QUEJA
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires rechazó la queja presentada por la defensa de Cardozo, confirmando la decisión de la Cámara de Apelación que negó la suspensión del juicio a prueba, argumentando que la negativa del fiscal y la doctrina vigente impiden su otorgamiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La defensa de Cristian Isaac Cardozo interpuso queja contra la decisión de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Mercedes, que confirmó el rechazo a la suspensión del juicio a prueba por falta de consentimiento fiscal y por tratarse de un delito que contempla inhabilitación conjunta, específicamente un delito con pena de inhabilitación prevista en el artículo 76 bis del Código Penal. La Sala de Casación analizó si la negativa del fiscal y las decisiones jurisdiccionales fueron arbitrarias o erróneas, concluyendo que no, en virtud de la doctrina consolidada, en particular la resolución de la Suprema Corte de Justicia en causa P. 125.430 y la normativa del artículo 76 bis del Código Penal. La Cámara de Casación afirmó que la decisión no viola derechos constitucionales y que la interpretación dada por los tribunales inferiores es correcta, rechazando así la queja con costas. “La finalidad del legislador de impedir el acceso al beneficio de la suspensión del proceso a prueba para el imputado por un delito de homicidio culposo agravado que prevé junto con la pena de prisión la de inhabilitación especial, ha sido clara.”
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