C., M. D. S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal de La Plata rechaza el recurso de casación interpuesto contra la resolución que negó la excarcelación en libertad condicional a M.D.C., basándose en la constitucionalidad de las limitaciones a la libertad condicional para delitos de gravedad y la interpretación de la Suprema Corte.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La defensa de M.D.C. interpuso recurso de casación contra la sentencia que rechazó su pedido de excarcelación en tiempo de libertad condicional. La Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Mercedes confirmó la decisión, argumentando que la norma que limita la posibilidad de acceder a la libertad condicional en casos de delitos graves, como abuso sexual agravado, ha sido ratificada por la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia y que dicha restricción no viola principios constitucionales como la igualdad, proporcionalidad o culpabilidad. La Sala destacó que la pérdida del derecho a la libertad condicional no implica la privación de otros mecanismos de atenuación, como las salidas transitorias, y que la interpretación del tribunal superior confirma la constitucionalidad de la norma en cuestión, concluyendo que la decisión impugnada es una derivación razonada del derecho vigente. Fundamentos principales: "la pérdida de la posibilidad de acceder a la libertad condicional no importa la privación del acceso a otros mecanismos de atenuación; en virtud de ello casó la decisión de la Sala III que había declarado la inconstitucionalidad de la norma en trato." "la interpretación que aquí sostengo aparece convalidada por la doctrina sentada por la Suprema Corte en la causa P 135842, 'Vázquez, Cristian Leandro', del 22 de agosto de 2022, oportunidad en la que, al analizar el tema del vencimiento de la pena perpetua, se explicó que 'se enfrentan ante el obstáculo legal de un acceso a la libertad condicional y de la asistida.'" El tribunal concluyó que la norma en análisis es constitucional y que la restricción a la libertad condicional en delitos de gravedad no vulnera principios constitucionales, por lo que corresponde rechazar el recurso de casación.
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