.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa del imputado J.A.C., confirmando la condena de nueve años por abusos sexuales agravados, basada en pruebas consistentes en declaraciones, informes médicos y psicológicos, y en la valoración de la prueba en la sentencia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Tribunal en lo Criminal número 2 de Campana condenó a J.A.C. a nueve años de prisión por múltiples abusos sexuales agravados por la convivencia, siendo estos hechos acreditados por la declaración de la víctima, testimonios de familiares y amigos, informes médicos y psicológicos, y la valoración del tribunal que consideró la coherencia y consistencia del relato de la menor, así como los hallazgos médicos que evidencian lesiones compatibles con la victimización sexual. La defensa argumentó que la valoración de la prueba fue arbitraria, que el testimonio de la víctima era la única prueba de cargo, y cuestionó la calificación penal y la procedencia de las agravantes, especialmente la agravante por la corta edad. La mayoría de los jueces rechazó estos planteos, considerando que la prueba fue suficiente, coherente y fundamentada, y que los agravios no desvirtuaron la motivación de la sentencia. La disidencia expresó que la agravante por la edad de la víctima debía ser excluida, por entender que la figura penal del artículo 119 del Código Penal no especifica una edad mínima y que su valoración sería violatoria del principio de ne bis in eadem. Finalmente, la Cámara confirmó la sentencia de condena y rechazó el recurso de casación.
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