.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires rechazó el recurso de casación interpuesto contra la condena por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. La sentencia confirmó la valoración de la prueba y la calificación legal del hecho, considerando la evidencia suficiente para sostener la hipótesis de tráfico de drogas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El imputado César Godoy Salinas fue condenado por el Tribunal en lo Criminal Nº 1 de Dolores a 4 años y 6 meses de prisión por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, tras allanamientos en sus viviendas en Mar de Ajo y San Bernardo, donde se incautaron cocaína, marihuana, balanzas, dinero en efectivo y teléfonos celulares. La denuncia y las investigaciones policiales, incluyendo vigilancia y videofilmaciones, demostraron la actividad de venta de drogas y la posesión de sustancia para comercialización, en un contexto de múltiples entradas y salidas de personas relacionadas con la venta. La sentencia valoró la denuncia anónima, la declaración de testigos, las evidencias materiales, y los informes periciales, concluyendo que la posesión y los indicios permiten presumir la finalidad de tráfico, sin necesidad de probar efectivamente la comercialización. La defensa arguyó que la sustancia era para consumo personal y que no existía prueba de comercialización, pero el Tribunal sostuvo que la figura del artículo 5 inciso "c" de la Ley 23.737 no requiere la efectiva venta, sino la tenencia con ultraintencionalidad de tráfico. La Cámara de Casación rechazó el recurso, confirmando la sentencia y la pena, y ordenó comunicar la condena al Consulado de Paraguay, dado que el imputado es nacional paraguayo. La fundamentación se basa en la suficiencia de la prueba y en la correcta interpretación de la figura penal, sin arbitrariedad ni falta de fundamentación en la resolución recurrida.
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