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.................... S/ RECURSO DE CASACION

La Cámara de Casación Penal rechaza el recurso de casación del defensor de Gajardo Veas y confirma la condena por delitos de robo agravado, violación de domicilio y abuso de armas, basándose en la valoración de pruebas que acreditan su participación en los hechos. La sentencia sostiene la suficiencia de la prueba y la correcta aplicación de la normativa.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, en este caso la Fiscalía, no es directamente mencionado, pero la decisión se centra en la condena de Gajardo Veas por delitos cometidos en la ciudad de Mar del Plata. La sentencia fue dictada tras un acuerdo abreviado en el que Gajardo Veas fue condenado a dos años de prisión por robo agravado, violación de domicilio y abuso de armas. La defensa interpuso recurso de casación argumentando la inobservancia y errónea valoración de la prueba, solicitando la absolución o, al menos, que se imponga la duda en favor del imputado. La Sala analiza exhaustivamente las pruebas colectadas, incluyendo declaraciones de testigos, informes policiales, y la constatación de los hechos en el lugar, concluyendo que la valoración probatoria fue adecuada y que no existen dudas razonables sobre la participación del imputado. La sentencia resalta que la aprehensión en flagrancia, junto a las evidencias, constituye prueba suficiente para sustentar la condena, rechazando los argumentos de la defensa. La Cámara ratifica la validez del acuerdo abreviado y la tipificación de los delitos, manteniendo la pena impuesta y declarando inadmisible el recurso de casación.

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