.................... S/ RECURSO DE CASACION
Rechazo del recurso de casación contra la decisión que denegó la excarcelación de Mariano Jesús Cepeda. La Cámara de Casación Penal rechazó los agravios y confirmó la pronunciamiento, sosteniendo que la ley y la jurisprudencia respaldan la decisión, en particular la existencia de peligros procesales y la pena en expectativa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Mariano Jesús Cepeda, interpuso recurso de casación contra la decisión de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Mar del Plata que revocó la excarcelación solicitada por la defensa. La defensa alegó que la resolución era arbitraria y violatoria de derechos constitucionales y tratados internacionales, argumentando que la pena en expectativa no superaba los ocho años y que no existían riesgos procesales. La Sala de Casación analizó los argumentos y valoró que, en base a la imputación de delito de robo agravado por escalamiento en grado de tentativa y antecedentes del imputado, existían peligros procesales suficientes, especialmente por el falseo de identidad y la existencia de condena anterior que vencerá en 2028, lo que implica riesgo de fuga. Además, descartó la existencia de vulneraciones constitucionales relacionadas con el principio de inocencia, la proporcionalidad y otros derechos invocados. La Sala consideró que la resolución recurrida estaba fundada en la ley y la jurisprudencia, en particular en que la pena en expectativa superaría los ocho años previstos en el artículo 169 del Código Procesal Penal, justificando así la denegatoria de la excarcelación. La defensa no logró demostrar que la decisión fuera arbitraria o violatoria de derechos constitucionales y convencionales, por lo que el recurso fue rechazado. La Cámara de Casación, en consecuencia, homologó la resolución y confirmó la denegatoria de la excarcelación, imponiendo las costas a la parte recurrente.
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