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PEREZ, CARLOS ALBERTO c/ AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO -ARCA- DELEGACION RESISTENCIA (EX AFIP ) s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Cámara Federal de Resistencia confirmó la decisión de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad del régimen de impuesto a las ganancias aplicable a jubilaciones y pensiones, ordenando la devolución de los montos retenidos, argumentando que la cuestión involucra principios de orden público y la validez de normas tributarias y previsionales.

Recurso de apelacion Honorarios profesionales Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Orden publico Jubilaciones y pensiones Tributo Devolucion de montos retenidos Orden constitucional Normas tributarias


¿Quién es el actor?

Carlos Alberto Pérez

¿A quién se demanda?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) de la AFIP

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de inconstitucionalidad del régimen de impuesto a las ganancias en relación a sus haberes previsionales y devolución de los montos retenidos

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar al recurso de apelación, confirmó la declaración de inconstitucionalidad y ordenó la devolución de los montos retenidos desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago, con intereses y costas a cargo de la demandada

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara analizó que el allanamiento parcial de ARCA no cumple con los requisitos del art. 70 del CPCCN, ya que fue limitado en el tiempo y no fue total ni incondicional. Además, resaltó que la naturaleza del conflicto, que involucra la validez de normas tributarias y el derecho constitucional a la protección de los haberes previsionales, implica una materia de orden público que no puede resolverse mediante allanamiento, pues afecta principios esenciales del Estado de Derecho. La decisión también destaca que la cuestión no responde a un simple interés privado, sino a la validez del tributo cuestionado, por lo que el allanamiento resulta ineficaz y no impide la sustanciación del proceso mediante sentencia fundada en los hechos y el derecho. En cuanto a honorarios, la mayoría reguló los mismos en 1 UMA ($75.789) y 0,4 UMA ($30.315,60) para los profesionales, y ordenó la regulación adicional en incidente por la intervención en el carácter doble, más IVA si correspondiere. También se impusieron costas a la demandada vencida conforme al principio de derrota y se ordenó la comunicación a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

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