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ORQUERA, PEDRO ELEUTERIO c/ AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Cámara Federal de Resistencia confirmó parcialmente la decisión de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad y ordenó el reintegro de las retenciones del impuesto a las ganancias, en un caso que involucra la protección constitucional de haberes previsionales y la validez del tributo. La decisión se fundamenta en la inaplicabilidad de las normas declaradas inconstitucionales, y en que la limitación temporal del reintegro es razonable, manteniendo la constitucionalidad del fallo.

Recurso de apelacion Honorarios Costas procesales Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Orden publico Derecho previsional Reintegro de retenciones Camara federal Constitucion argentina


¿Quién es el actor?

Pedro Eleuterio Orquera

¿A quién se demanda?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de inconstitucionalidad del régimen de impuesto a las ganancias y reintegro de montos retenidos desde la interposición de la demanda.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente a la apelación del actor, confirmando la decisión de primera instancia que ordenó el reintegro solo desde la fecha de la demanda, y rechazando el planteo de extensión retroactiva a cinco años anteriores. También confirmó la constitucionalidad del fallo respecto de los montos retenidos desde la presentación de la acción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara sostuvo que la impugnación por arbitrariedad no prospera por discrepancias en la interpretación de la ley, ya que la sentencia de primera instancia está suficientemente fundada. Respecto al allanamiento de ARCA, se concluyó que no cumple con los requisitos del art. 70 del CPCCN, pues fue parcial y limitado en el tiempo, y además, en materia de derecho tributario y previsional, el allanamiento resulta ineficaz por afectar el orden público. La cuestión de constitucionalidad de las normas que gravan los haberes previsionales es de orden público, por lo que el allanamiento no tiene efectos. En relación con la extensión del reintegro a cinco años anteriores, la Cámara consideró razonable limitarlo al período desde la demanda, reservándose el derecho del actor a reclamar por la vía correspondiente la devolución de sumas retenidas antes. Finalmente, se reguló honorarios y costas, imponiendo estas últimas a la parte vencida, ARCA.

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