AGUSTINELLI, OMAR ALBERTO c/ ANSES s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Cámara Federal de Mar del Plata revoca la sentencia de primera instancia y condena a la ANSES a pagar una indemnización por daño moral de 16 haberes mínimos, argumentando que el retraso en el cumplimiento de la sentencia y el congelamiento del haber jubilatorio generaron un daño inmaterial y angustia al actor. La decisión se basa en la responsabilidad del Estado por omisiones ilegítimas y en la prueba testimonial y documental que acredita el padecimiento del actor. La Cámara también confirma el rechazo del reclamo por daños patrimoniales, considerando que no fue objeto de la pretensión ni probado. La sentencia destaca que la prolongada omisión de la ANSES en el cumplimiento de la sentencia y el sufrimiento emocional del actor configuran un daño moral resarcible, y que la conducta de la demandada fue ilegítima, incumpliendo un deber expreso de actuar.
- Quién demanda: Omar Alberto Agustinelli
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por daños y perjuicios, específicamente daño moral derivado del retraso en el cumplimiento de una sentencia judicial y el congelamiento del haber jubilatorio, así como daños patrimoniales, aunque estos últimos no fueron objeto de la pretensión en la apelación.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca la sentencia de primera instancia, condena a la demandada a pagar 16 haberes mínimos por daño moral, y confirma el rechazo del reclamo por daños patrimoniales. Ordena el pago en un plazo de 20 días y impone las costas de alzada a la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara considera que la responsable del retraso en el cumplimiento de la sentencia y el congelamiento del haber jubilatorio causaron un daño inmaterial y angustia al actor, acreditado por la prueba testimonial y documental. La demora de más de ocho años en el cumplimiento de la sentencia, sumada al sufrimiento emocional demostrable, configura un daño moral susceptible de reparación. La responsabilidad del Estado por actividad ilegítima se basa en la omisión de cumplir con una manda judicial, vulnerando principios constitucionales y normativos, y generando un daño inexcusable. La cuantificación en 16 haberes mínimos se ajusta a los parámetros de la jurisprudencia, ponderando la gravedad del daño y las circunstancias del caso. La conducta de la ANSES fue ilícita, y el daño moral fue acreditado con prueba testimonial y documental que demuestra angustia, depresión y problemas económicos del actor. La decisión se apoya en doctrina y jurisprudencia que reconocen la responsabilidad del Estado por omisión ilegal y el resarcimiento del daño inmaterial.
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