BLANCO, CLAUDIA MARCELA c/ AFIP s/AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION
La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó la sentencia de primera instancia que declaró abstracta la cuestión de fondo en una acción de amparo por mora contra AFIP y ordenó la imposición de costas a la parte vencida. La decisión se fundamentó en que no se dieron circunstancias excepcionales que justifiquen la exención de costas, manteniendo el principio general de imposición al vencido.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, Claudia Marcela Blanco, promovió una acción de amparo por mora contra la AFIP para obtener reconocimiento de derechos no especificados en el fallo. La primera instancia declaró la cuestión abstracta y ordenó que las costas fueran a cargo de la demandada, argumentando que la sustanciación del proceso genera gastos y que la parte que litiga sin circunstancias excepcionales debe afrontar dichas erogaciones. La Cámara confirmó esta decisión, considerando que la demandada no presentó circunstancias que justifiquen la exención de costas y que la necesidad de litigar para que se reconozcan derechos es suficiente para imponerlas. Los jueces Jiménez y Tazza coincidieron en que, pese a la declaración de abstracción, la parte que litiga en defensa de sus derechos frente a una conducta procesal que la obligó a hacerlo, debe soportar las costas. La sentencia fija las costas en ambas instancias, incluyendo en Alzada, a la parte vencida, AFIP.
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