MARTINEZ LEZCANO DOMICIANO C/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
Tribunal de Trabajo homologó acuerdo conciliatorio por 6 millones de pesos en reclamo por incapacidad laboral, estableciendo la validez del convenio y ordenando su ejecución con fuerza de cosa juzgada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, MARTINEZ LEZCANO DOMICIANO, y la parte demandada, EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A., arribaron a un acuerdo conciliatorio con fecha 16/7/25 por una incapacidad del 3%. La Justicia laboral de Avellaneda-Lanus homologó el acuerdo, considerando que el mismo no vulnera norma alguna de orden público y que se adecua a los arts. 12 y 15 de la Ley de Contrato de Trabajo, logrando una justa composición de la litis. La resolución dispone que la aseguradora debe abonar la suma de $6.000.000, homologando el acuerdo con fuerza de cosa juzgada, imponiendo costas a la demandada, y estableciendo los procedimientos para el pago y la regularización de honorarios y tasas de justicia. El tribunal también dispuso la acreditación de pagos y la comunicación del CUIT del Poder Judicial. La homologación se realiza en un contexto de acuerdo integral y sin que existan cuestionamientos respecto de su validez o cumplimiento. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: El tribunal señala que "los aquí litigantes ... han arribado a un acuerdo con motivo del reclamo incoado por la parte actora referido en relación al infortunio denunciado en autos". Añade que tras analizar el convenio y la ratificación personal de la parte actora, "el convenio que nos ocupa debe ser materia de homologación en virtud de que el mismo no vulnera norma alguna de orden público y se adecua a los dispositivos de los arts. 12 y 15 de la LCT t.o., llegándose a una justa composición de la litis." La homologación se fundamenta en que el acuerdo satisface los requisitos de validez y que "es la mejor vía para resolver la controversia, en atención a la voluntad de las partes y la naturaleza del asunto." Además, el tribunal establece que "las costas se imponen a la parte demandada, conforme lo pactado por las partes en el acuerdo acompañado," y que "la suma de $6.000.000 se abona en los términos del acuerdo, homologándose con fuerza de cosa juzgada." La decisión también contempla aspectos procesales, como la regularización de honorarios profesionales y el pago de tasas, en línea con la normativa vigente.
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