LEIVA CARLOS ALFREDO C/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La sentencia declara la invalidez de normas inconstitucionales, condena a la aseguradora a pagar una indemnización por incapacidad permanente parcial, y resuelve la inaplicabilidad de ciertos artículos de la ley de Riesgos del Trabajo, ajustando el quantum indemnizatorio a valores actualizados y declarando la inconstitucionalidad de normas restrictivas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Carlos Alfredo Leiva, demanda a Galeno S.A. por las secuelas derivadas de un accidente laboral ocurrido el 20/04/2017, alegando incapacidad y solicitando la reparación de las secuelas y daños. La sentencia acreditó la existencia del accidente, la relación laboral, y la existencia de secuelas físicas con un grado de incapacidad del 6,15%, calculada mediante pericia médica. No se encontró incapacidad psicológica. La sentencia valoró la prueba pericial, fundamentando la incapacidad en la evaluación del perito médico y en la valoración del informe psicológico, concluyendo que la incapacidad física es del 6,15% y que no hay daño psíquico. La sentencia abordó además cuestiones constitucionales respecto a la inaplicabilidad de normas que limitan la actualización de créditos y la insuficiencia reparatoria, declarando la inconstitucionalidad del DNU 669/2019, del art. 7 de la Ley 23.928 (texto según Ley 25.561), y del segundo párrafo del art. 11 de la Ley 27.348. La condena impone a la aseguradora a pagar la suma de 7.164.187,36 pesos, actualizada según coeficiente derivado del RIPTE, más intereses y costas. La sentencia también dispuso que el pago sea realizado en diez días, con intereses por mora, y limitó las costas a un 25% del monto de la condena. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: "Conforme se ha acreditado que el trabajador padece incapacidad física parcial y permanente del 6,15 % de la Total Obrera, calculada conforme el baremo del Decreto 659/96 y D. 49/2014 con nexo causal directo con el accidente de trabajo. La pericia médica concluyó que 'el evento sufrido por la actora, tiene un nexo de compatibilidad entre lo litigado y lo hallado, presentado en la actualidad la parte actora cuadro compatible con: dolor en muñeca izquierda con limitación anatómica y funcional, con cuadro compatible con secuela de fractura de radio con colocación de material de osteosíntesis, con restricción de grado de movimientos'. La valoración de la prueba pericial, en línea con la jurisprudencia y doctrina de la SCBA, refuerza la decisión de reconocer la incapacidad y su porcentaje." "Asimismo, la valoración de la prueba psicológica indica que
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