CASTRO, ROBERTO ANTONIO C/ TACOVITT EMPRENDIMIENTOS SA S/DESPIDO
Homologación de acuerdo conciliatorio en reclamo por despido. La Cámara homologó el acuerdo por monto de $18.000.000, destacando que fue celebrado libremente, cumple requisitos legales y no afecta derechos ni disposiciones de orden público.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El demandante, Roberto Antonio Castro, demanda a Tacovitt Emprendimientos SA por despido, reclamando una suma de dinero. Las partes arribaron a un acuerdo conciliatorio fechado el 3/9/2025 por $18.000.000, que fue celebrado libremente y cumple con los requisitos legales para su homologación. El Tribunal, tras analizar el acuerdo, consideró que "el acuerdo conciliatorio de fecha 3/9/2025 (por la suma de $ 18.000.000) fue celebrado libremente por las partes y cumple con los recaudos legalmente exigidos para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de los litigantes". Además, sostuvo que "toda vez que no implica renuncias a derechos reconocidos en autos al trabajador, ni afecta vigentes disposiciones de orden público, soy de opinión favorable a homologar en todas sus partes la conciliación". La decisión fue compartida por los otros jueces. El tribunal homologó el acuerdo y dispuso que las costas son a cargo de la demandada, además de regular honorarios y establecer obligaciones respecto de la acreditación de pagos y contribuciones. Fundamentos principales: "El acuerdo fue celebrado libremente y cumple con los requisitos legales para su validez, sin afectar derechos de terceros ni disponer de disposiciones de orden público que impidan su homologación." Se resaltó que "el acuerdo involucra la totalidad de los rubros reclamados y las costas ocasionadas", y que "no se advierte en el acuerdo ningún vicio que pueda invalidarlo". La homologación se realizó en virtud del art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo y otras normas civiles y comerciales aplicables, garantizando la validez del mismo y la ejecución del acuerdo.
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