ALOISI SANDRA ESTER C/ PROVINCIA ART S.A S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
La sentencia reconoce la existencia de enfermedad profesional y la procedencia de la demanda en parte, condenando a la aseguradora a pagar una indemnización y aportando tratamiento psicológico, además de declarar la inconstitucionalidad del art 12 inc. 2 de la ley 24557. La mayoría de las juezas considera que la normativa debe aplicarse con el índice RIPTE, mientras que una disiente respecto a la constitucionalidad de dicha norma, considerando que su aplicación resulta adecuada en el presente caso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora Sandra Ester Aloisi demanda a la aseguradora Provincia ART S.A. por enfermedad profesional y discapacidad derivada de su trabajo como fiambrera, donde sufrió epicondilitis y patologías psíquicas. La sentencia concluye que la enfermedad es laboral, otorgando una indemnización de aproximadamente $14.681.892,98, con intereses y tratamiento psicológico en especie, además de declarar la inconstitucionalidad del art 12 inc. 2 de la ley 24557, por considerar que viola derechos constitucionales y principios de razonabilidad. La pericia médica concluyó una incapacidad física del 11,03%, y la psicológica del 10%, sumando un total del 19,92%. La mayoría de las juezas aplican el índice RIPTE para actualización, en tanto que una disiente sostiene que debe aplicarse el índice de la ley, en base a la normativa vigente y precedentes constitucionales. La sentencia condena a la aseguradora a pagar la suma total y costas.
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