CEVASCO ANIBAL ANSELMO C/ ASOCIART ART S.A. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La Cámara de Apelaciones en lo Laboral confirmó la sentencia que reguló honorarios a favor del letrado por su actuación en reclamo derivado de accidente laboral. La sentencia estableció que el profesional actuó en representación de la trabajadora y que sus honorarios corresponden al 15% del monto indemnizatorio, sin intereses moratorios.
- Quién demanda: Dr. ANIBAL ANSELMO CEVASCO, en carácter de letrado patrocinante de ROSA MABEL IBAROLA.
¿A quién se demanda?
ASOCIART ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación de honorarios extrajudiciales por su actuación en el expediente SRT 076796/25, por un monto equivalente a 15% de la indemnización acordada.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar a la demanda y reguló los honorarios en 19,64 JUS, equivalentes a $849.921,00, sin intereses moratorios y con costas a la demandada, en virtud de la labor efectuada en la gestión ante la Comisión Médica y la homologación del acuerdo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia destaca que las gestiones del letrado fueron útiles y oficiosas en trámites ante la Comisión Médica Nº 12, conforme a la normativa aplicable, especialmente la ley 27.348 y la ley 14.967. Se argumenta que la actuación del profesional fue en el marco de un mandato válido, en representación de la trabajadora, y que las tareas realizadas justifican la regulación de honorarios en el porcentaje establecido. Además, se refiere a la normativa sobre la actualización de honorarios mediante el valor del Jus y la ausencia de intereses moratorios por el momento del pago. La decisión también sostiene que la responsabilidad del pago de honorarios recae sobre la parte demandada, en calidad de vencida.
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