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TOLOSA JONATAN EMMANUEL C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

La Cámara declaró la caducidad de instancia por inacción del actor, imponiendo costas a este y regulando honorarios, en un proceso por accidente de trabajo. La decisión se fundamenta en la inactividad de más de seis meses y la normativa aplicable sobre caducidad de instancia.

Costas Honorarios Accidente de trabajo Caducidad de instancia Proceso laboral Argentina Tribunal de primera instancia Inaccion procesal Ley 15.057

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, TOLOSA JONATAN EMMANUEL, no impulsó el trámite procesal durante más de seis meses, pese a la intimación de la demandada y la advertencia de caducidad. La Cámara citó el art. 11 de la ley 15.057 y remarcó que la caducidad de instancia es una sanción por inacción que debe aplicarse cuando el litigante no justifica su falta de impulso y no se halla en imposibilidad de hacerlo. La sentencia indica: "La caducidad de instancia es un arbitrio instituido por el legislador para sancionar la inacción de los litigantes siempre que se encuentren en el deber de instar el proceso y que no se hallen en la imposibilidad de impulsar el trámite del mismo hacia su fin natural que es la sentencia". Además, se impusieron costas a la parte actora y se reguló honorarios profesionales y de peritos, con un total de $302.925 para cada letrado y $129.825 para cada perito, con los adicionales de ley y IVA correspondiente. La decisión fue unánime, adhiriendo todos los jueces a los fundamentos y conclusiones del voto preopinante.

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