CARDOSO CARINA LILIANA C/ LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
La sentencia reconoce la procedencia de la demanda por accidente in itinere y condena a la aseguradora a abonar la indemnización por incapacidad del 18,41%, ajustada por índices económicos, y declara la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 en virtud del fallo Barrios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Carina Liliana Cardoso, promovió demanda contra la aseguradora de riesgos del trabajo, alegando accidente in itinere ocurrido el 12/03/19, que le provocó lesiones en tobillo y rodilla izquierdos con secuelas físicas permanentes. La sentencia estima probado que el accidente fue laboral, en virtud del reconocimiento administrativo y las prestaciones otorgadas, y concluye que la lesión genera una incapacidad del 18,41% T.O., con derecho a una indemnización de $30.897.601,58, ajustada por índices RIPTE desde la fecha del accidente. La decisión también declara la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928, en línea con el fallo "Barrios", y establece el pago en un plazo de 10 días, con intereses del 2% anual desde la fecha del accidente. Se imponen costas a la demandada en proporción al éxito y se regulan honorarios profesionales. La sentencia fundamenta que el accidente, calificado como in itinere, constituye una contingencia cubierta por la Ley de Riesgos del Trabajo, y que la incapacidad derivada es parcialmente preexistente, habiendo sido ya indemnizada en expediente previo, por lo que se deducen los porcentajes correspondientes. La pericia médica fue considerada adecuada y fundamentada, y la actualización del capital indemnizatorio se realiza mediante el índice RIPTE, en línea con la doctrina judicial aplicable. La declaración de inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 se fundamenta en la inconsistencia del DNU 669/19 con la normativa constitucional y la jurisprudencia de la SCBA. La sentencia también resuelve sobre las costas, los honorarios y el modo de pago de la indemnización.
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