ZUNA RAUL ENRIQUE C/ GRAFICA MEDITERRANEA S.A. S/ DESPIDO
La Cámara de General San Martín resolvió hacer lugar a la demanda por despido y condenar a la empleadora a abonar más de 2.3 millones de pesos en concepto de indemnizaciones y multas, confirmando la existencia de relación laboral no registrada y un despido indirecto por incumplimiento de registración.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Raul Enrique Zuna demandó a Grafica Mediterranea S.A. reclamando indemnización por despido no registrado, con base en su relación laboral iniciada en 24/01/2019 y finalizada el 02/12/2021, en la cual cumplía funciones de maquinista en jornada habitual y con remuneración de $40.000, laborando en 'negro'. La demandada no contestó la demanda, incurriendo en confesión ficta y rebelde, lo que fortaleció los hechos denunciados por el actor. El tribunal concluyó que la relación laboral fue establecida, que el despido fue indirecto por incumplimiento de registración por parte del empleador, y que el vínculo se extinguió en esa fecha, justificando los rubros indemnizatorios y multas previstos en la ley. La sentencia consideró probado que el empleador incumplió con las obligaciones de registración, lo que motivó la calificación del despido como despido indirecto, y condenó a la parte demandada a pagar una suma de $2.337.554,24, actualizada desde la fecha del distracto, además de multas por incumplimiento de leyes laborales y de seguridad social, y la obligación de entregar certificados de trabajo. La decisión también dispuso la imposición de costas a la parte vencida y la regulación de honorarios profesionales.
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