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ZUNA RAUL ENRIQUE C/ GRAFICA MEDITERRANEA S.A. S/ DESPIDO

La Cámara de General San Martín resolvió hacer lugar a la demanda por despido y condenar a la empleadora a abonar más de 2.3 millones de pesos en concepto de indemnizaciones y multas, confirmando la existencia de relación laboral no registrada y un despido indirecto por incumplimiento de registración.

Indemnizacion Condena laboral Despido indirecto Certificados de trabajo Incumplimiento registral Ley 25.323 Proceso laboral. Multas ley 24.013 Relacion laboral sin registrar

¿Qué se resolvió en el fallo?

Raul Enrique Zuna demandó a Grafica Mediterranea S.A. reclamando indemnización por despido no registrado, con base en su relación laboral iniciada en 24/01/2019 y finalizada el 02/12/2021, en la cual cumplía funciones de maquinista en jornada habitual y con remuneración de $40.000, laborando en 'negro'. La demandada no contestó la demanda, incurriendo en confesión ficta y rebelde, lo que fortaleció los hechos denunciados por el actor. El tribunal concluyó que la relación laboral fue establecida, que el despido fue indirecto por incumplimiento de registración por parte del empleador, y que el vínculo se extinguió en esa fecha, justificando los rubros indemnizatorios y multas previstos en la ley. La sentencia consideró probado que el empleador incumplió con las obligaciones de registración, lo que motivó la calificación del despido como despido indirecto, y condenó a la parte demandada a pagar una suma de $2.337.554,24, actualizada desde la fecha del distracto, además de multas por incumplimiento de leyes laborales y de seguridad social, y la obligación de entregar certificados de trabajo. La decisión también dispuso la imposición de costas a la parte vencida y la regulación de honorarios profesionales.

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